Guía práctica
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Cómo empezar en las subastas judiciales en España: guía para principiantes

Qué es una subasta judicial, quién puede pujar, cómo darte de alta en el Portal de Subastas del BOE, cómo funciona el depósito del 5 % y qué presupuesto real necesitas antes de tu primera puja.

Qué es una subasta judicial (y qué no es)

Una subasta judicial es el procedimiento por el que un juzgado vende bienes de un deudor —pisos, locales, garajes, fincas, vehículos— para pagar a sus acreedores. Está regulada en la Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000, artículos 643 a 675) y, desde 2015, se celebra de forma electrónica en el Portal de Subastas del BOE. No hay martillo ni sala: pujas desde tu ordenador durante un plazo de 20 días naturales.

Lo que NO es: un chollo garantizado. Los bienes se venden en el estado en que están, a menudo sin poder visitarlos por dentro, a veces ocupados y en ocasiones con cargas anteriores que tendrás que asumir. La oportunidad existe —los precios de salida suelen estar por debajo del mercado— pero se gana con estudio, no con suerte.

Quién puede pujar: requisitos legales

Puede pujar cualquier persona mayor de edad con plena capacidad de obrar, española o extranjera, y también las sociedades. Solo quedan fuera el deudor ejecutado y quienes tengan prohibición legal (por ejemplo, ciertos cargos del propio procedimiento). No necesitas ser inversor profesional ni acreditar patrimonio: necesitas identificarte electrónicamente y consignar el depósito.

  • Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve para identificarte en el Portal de Subastas del BOE.
  • Una cuenta bancaria desde la que consignar el depósito del 5 % (se hace a través del propio portal).
  • NIF o NIE. Si pujas como sociedad, el certificado de representante.

Un matiz importante: la posibilidad de reservarse la facultad de ceder el remate a un tercero está reservada por la LEC al acreedor ejecutante (artículo 647.3). Si pujas como particular, la adjudicación irá a tu nombre. Decide antes de pujar si compras como persona física o a través de una sociedad.

Cómo darte de alta en el Portal de Subastas del BOE

El alta es gratuita y se hace una sola vez en subastas.boe.es. El proceso: entra en el portal, identifícate con certificado digital o Cl@ve, acepta las condiciones de uso y completa tus datos (incluida la cuenta bancaria para los depósitos y devoluciones). A partir de ahí puedes consultar cualquier subasta y, cuando quieras participar en una, consignar el depósito desde el propio portal.

Si aún no tienes certificado digital, puedes obtenerlo en la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) o registrarte en Cl@ve. El trámite suele requerir una verificación de identidad —presencial o por videollamada, según la vía— así que hazlo con días de antelación, no la víspera de la subasta que te interesa.

El depósito del 5 %: cuánto es y cuándo se devuelve

Para pujar en una subasta judicial debes consignar el 5 % del valor de subasta del bien (artículo 647 de la LEC). Ojo al matiz: es el 5 % del valor de subasta que figura en el edicto, no de tu puja. Si un piso sale con un valor de subasta de 120.000 €, el depósito son 6.000 €, pujes lo que pujes.

  • Si no ganas, el portal devuelve el depósito automáticamente al terminar la subasta (salvo que hayas pedido reserva de postura).
  • Si ganas, el depósito se descuenta del precio final que debes consignar.
  • Si ganas y NO pagas el resto en plazo, pierdes el depósito (artículo 653 de la LEC): se destina a cubrir los fines de la ejecución.

Cómo funciona una puja de principio a fin

  1. 1El juzgado publica el anuncio de la subasta en el BOE y esta se abre en el portal una vez transcurridas al menos 24 horas desde la publicación.
  2. 2La subasta admite pujas durante 20 días naturales (artículo 649 de la LEC). Puedes pujar en cualquier momento del plazo.
  3. 3Consignas el 5 % desde el portal y ya puedes hacer posturas. El portal muestra la mejor puja en cada momento (no quién la hace).
  4. 4Si alguien mejora la mejor postura en la última hora, el cierre se prorroga para dar oportunidad de contraofertar (hasta un máximo de 24 horas más).
  5. 5Al cerrar, si tu postura es la mejor y alcanza los umbrales legales, el Letrado de la Administración de Justicia aprueba el remate.
  6. 6Consignas el resto del precio en plazo, el juzgado dicta el decreto de adjudicación y con su testimonio inscribes el inmueble en el Registro de la Propiedad.

Los umbrales importan: en inmuebles, si la mejor postura es igual o superior al 70 % del valor de subasta, el remate se aprueba directamente. Por debajo de ese 70 % se abren trámites adicionales (el deudor puede presentar un tercero que mejore la postura y el juzgado valora si aprueba el remate). No des por ganada una puja baja hasta que se apruebe.

Presupuesto realista: el remate no es el precio final

El error clásico del principiante es presupuestar solo la puja. Sobre el precio de remate hay que sumar impuestos y gastos que, según el bien y la comunidad autónoma, pueden añadir fácilmente un 10-15 % adicional, y más si hay cargas o el inmueble está ocupado.

ConceptoOrientación
ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales)Depende de la comunidad autónoma; en vivienda usada suele moverse entre el 6 % y el 10 %, con tipos reducidos en algunos casos
Inscripción registral y gestoríaCientos de euros; depende del valor y de si lo tramitas tú mismo
Cargas anteriores que subsisten0 € o decenas de miles: lo dice la certificación de cargas, hay que leerla SIEMPRE
Posesión (si está ocupado)Tiempo y costes legales variables: meses de procedimiento en muchos casos
Reforma y puesta a puntoDepende del estado; presupuesta siempre un colchón

Haz el cálculo completo ANTES de decidir tu puja máxima, no después de ganar. Nuestra guía sobre los errores más caros en subastas desarrolla cada una de estas partidas con ejemplos.

Primeros pasos prudentes: mira sin pujar

La mejor inversión de tus primeras semanas es no pujar. Sigue subastas reales de tu zona de principio a fin: lee sus edictos, apunta el valor de subasta, observa cuántas pujas reciben y a qué precio cierran. En pocas semanas desarrollarás criterio sobre qué se paga de verdad en tu mercado, que es exactamente lo que separa una buena compra de un calentón.

  • Elige una zona y un tipo de bien concretos (por ejemplo, pisos en tu provincia) y especialízate antes de diversificar.
  • Crea alertas para que las subastas que encajan con tus criterios te lleguen solas, en vez de rastrear portales a mano.
  • Usa el buscador de subastas.ai para filtrar por provincia, tipo de bien, valor y fecha de fin en todas las fuentes a la vez.
  • Lleva una hoja de cálculo con cada subasta seguida: valor de subasta, cargas, resultado. Es tu mejor material de aprendizaje.

Cuando decidas dar el paso, empieza con un importe que puedas permitirte inmovilizar sin estrés y con un lote sin complicaciones: sin ocupantes, sin cargas que subsistan y con documentación clara. La rentabilidad de la primera operación importa menos que aprender el proceso completo sin sustos.

Preguntas frecuentes

¿Necesito un abogado o procurador para pujar en una subasta judicial?
No es obligatorio: cualquier persona puede darse de alta en el Portal de Subastas del BOE y pujar por sí misma. Dicho esto, en tus primeras operaciones —o si el lote tiene cargas, ocupantes o cualquier complejidad— contar con un abogado especializado suele costar mucho menos que un error.
¿Cuánto dinero necesito para empezar en subastas judiciales?
Depende del bien. Como referencia: el depósito es el 5 % del valor de subasta y, si ganas, debes pagar el resto en un plazo corto (en inmuebles, cuarenta días desde la notificación), difícil de cubrir con una hipoteca convencional. A eso hay que sumar ITP (varía por comunidad autónoma), gastos de inscripción y las cargas que subsistan. La mayoría de compradores opera con fondos propios o financiación preacordada.
¿Puedo visitar el piso antes de pujar?
Normalmente no. En la mayoría de subastas judiciales no hay visita interior: trabajas con el edicto, la certificación de cargas, la descripción registral, el Catastro y lo que puedas ver desde la calle. Es una de las razones por las que los precios de salida son inferiores al mercado, y también por las que hay que presupuestar reforma con margen.
¿Qué pasa si gano la subasta y me arrepiento?
Pierdes el depósito del 5 %. El artículo 653 de la LEC establece que si el rematante no consigna el resto del precio en plazo, el depósito se destina a los fines de la ejecución. Por eso la puja máxima se decide antes de pujar, con el cálculo completo de costes hecho, y no se supera jamás en caliente.

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Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento legal ni financiero. Verifica siempre las condiciones en el edicto oficial y, en operaciones importantes, consulta con un profesional.

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