Local comercial en Y 43004 Tarragona, Tarragona
TA-167
ga74iwu6jqoyqdwd
- Órgano gestor:
- SECCIÓN MERCANTIL DEL TI DE BARCELONA. PLAZA NÚM. 11 - Dirección: Barcelona (Barcelona)
- Procedimiento:
- Liquidación concursal
- Referencia:
- 7KVSE5HX
- Autos:
- 939/2025 E9J
Detalles del bien
MuebleLote compuesto por local comercial en planta baja, entresuelo y almacén en C/ de la unió y Pons D`Icart de Tarragona. FR 82585 y 4547 RP Tarragona nº 1
43001
Y 43004 Tarragona
Tarragona
Información registral
Según nos trasladan las dos fincas se encuentran libres de ocupantes, desconocemos si la situación puede variar.
Sí - El inmueble FR 82585 se encuentra gravado con HIPOTECA. No obstante, se transmite libre de cargas y gravámenes, salvo aquellas que sean inherentes a las fincas (tales como servidumbres, afecciones…). La cancelación de la hipoteca se realizará, bien en el momento del otorgamiento de la escritura de transmisión, o bien posteriormente al otorgamiento a través de mandamiento expedido por el Juzgado competente a solicitud de la Administración Concursal una vez acreditada la transmisión. Respecto a la hipoteca de la FR 4547, la misma consta cancelada económicamente y pendiente de cancelación registral. Cargas registrales: Sí Impuestos: No están incluidos los impuestos que puedan gravar la compraventa (como el I.V.A., el I.T.P. o A.J.D.) Comisión de gestión: 3,00 % , (I.V.A. no incluido). No incluido en el precio de adjudicación.
Información sobre el bien
Información adicional
Comision de gestion
3,00 % , (I.V.A. no incluido). No incluido en el precio de adjudicación.
Visitas
Desconocido
Datos de la subasta
| Identificador | ga74iwu6jqoyqdwd |
| Tipo de subasta | Liquidación concursal |
| Autos / Expediente | 7KVSE5HX |
| Fecha de inicio | 15 jul 2026, 14:00 |
| Fecha de conclusión | 15 sept 2026, 18:00 |
| Lotes | Sin lotes |
| Valor subasta | 350.000,00 € |
| Tasación | 610.766,15 € |
| Puja mínima | 350.000,00 € |
| Tramos entre pujas | Sin tramos |
| Importe del depósito | 18.322,98 € |
Información complementaria
| Información de visitas | Desconocido |
| Comisión de gestión | 3,00 % , (I.V.A. no incluido). No incluido en el precio de adjudicación. |
Información procesal
N. Autos
939/2025 E9J
Conjunto
X9VDY4WF
Condiciones particulares
I. – Los bienes objeto de realización son: LOTE ÚNICO (subasta en bloque): DESCRIPCIÓN, FINCA REGISTRAL y CARGAS 1 URBANA. ENTIDAD NÚMERO UNO. Local comercial en la planta baja y planta entresuelo del inmueble sito en Tarragona, carrer de la Unió,número treinta y seis. FR 82.585 - Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tarragona número 1 al Tomo 2.303, Libro 1.449, Folio 209. Hipoteca Caixabank, S.A. 2 URBANA. Almacén rectangular sito en esta ciudad, calle Pons Icart, número seis. FR 4.547 - Inscrita en el Registro de la Propiedad de Tarragona número 1 al Tomo 2.065, Libro 1.211, Folio 95. Hipotecas del BBVA totalmente amortizadas y pendientes de cancelación registral. VALOR TOTAL DEL LOTE: 610.766,15 € II. – La venta en subasta pública de los bienes se realizará, en todo caso, en estado de libre de cargas y gravámenes, con excepción de aquellas que sean inherentes a las fincas (tales como servidumbres, afecciones…). Los mandamientos de cancelación de cargas únicamente se emitirán por el Juzgado una vez se aporte por la Administración Concursal la acreditación de la efectiva adjudicación del bien.III. – Para poder concurrir a la subasta será necesario que los interesados en participar, con carácter previo a la misma, efectúen un depósito correspondiente al 3% del valor en la siguiente cuenta titularidad del Consejo General de los Procuradores de España de CAIXABANK, S.A. ES41 2100 5731 7202 0024 0577, a través del carrito de depósitos que estará disponible en el anuncio de la subasta y siguiendo las instrucciones que aparecerán en el mismo. Dicha cantidad no deberá aportarse en metálico, sino por transferencia bancaria a la cuenta habilitada debidamente indicada en el anuncio de subasta. La confirmación del depósito y por tanto de las eventuales pujas que pudiere realizar el postor-depositante, quedarán supeditadas a la recepción del importe en la cuenta habilitada, siempre y cuando el ingreso efectivo conste en cuenta con anterioridad a la fecha de la finalización de la subasta. Igualmente, deberá estar incluido en dicho plazo el documento acreditativo del Certificado de titularidad de la cuenta bancaria. Una vez que el usuario agregue el justificante bancario de la transferencia del depósito en el Portal de Subastas, y conste en cuenta el importe del depósito, se procederá a su validación quedando habilitado para pujar en las subastas asociadas a dicho depósito. Asimismo, el usuario estará obligado a facilitar certificado de titularidad de la cuenta. Finalizada la subasta, a aquellos usuarios que no hayan sido adjudicatarios, se les devolverá la totalidad del importe depositado a la misma cuenta de la que proceda la transferencia inicial, en el plazo de diez días hábiles desde la finalización de la subasta. No se admitirá la designación de cuenta diferente a la de procedencia de la transferencia inicial, a los efectos de devolución del importe en los términos señalados. Tratándose del usuario que ha resultado adjudicatario, el depósito que hubiera realizado para poder participar en la subasta quedará retenido en la cuenta habilitada para tal fin hasta que se produzca la firma de la adjudicación, o si por cualquier circunstancia dejara de ser el adjudicatario definitivo por causas no imputables a él, incluyendo el rechazo por parte de la AC de su mejor postura, en cuyos casos se le devolvería el depósito realizado a la cuenta de procedencia de la transferencia inicial en el plazo de diez días hábiles desde la firma de la adjudicación o de la resolución de la causa no imputable. El depósito efectuado no formará parte del pago ni de la adjudicación ni de los gastos derivados de la misma. En caso de que finalmente el que resultare adjudicatario desistiese de su postura, perderá el depósito efectuado. En su caso, los acreedores con privilegio especial estarán exentos de depositar cantidad alguna al efecto, bastando que envíen un e-mail a la cuenta [email protected] comunicando su interés para que se les habilite para intervenir en la subasta. IV. – Quien resulte adjudicatario de los bienes objeto de subasta habrá de aceptar el estado físico y jurídico en que se encuentren los bienes, sin que pueda revisarse el precio o desistir de la postura ofrecida por ninguna circunstancia, teniendo las ofertas realizadas carácter irrevocable. V. – Se determinan como fechas de inicio y fin de subasta las siguientes: • Fecha y hora de inicio de la subasta: 15 de julio de 2026 a las 12:00 horas.• Fecha y hora de finalización de la subasta: 15 de septiembre de 2026 a las 18:00 horas. Ello, no obstante, la subasta se prorrogará automáticamente si, dos minutos antes de la finalización de la misma, algún licitador efectuase una puja que mejorare la anterior, siendo dicha prórroga de dos minutos adicionales más, y así sucesivamente hasta que los licitadores concurrentes a la subasta dejaren de incrementar el precio de la mejor postura. VI. – El tipo a efectos de subasta del bien será, al menos, el establecido como "valor de liquidación" por la Administración Concursal, según el inventario de bienes y derechos presentado por la Administración Concursal. La enajenación se llevará a cabo en forma de subasta, con una puja mínima de salida del bien a subasta de 350.000,00 €. La Administración Concursal estará facultada para rechazar cualquier oferta que por su importe pueda entender no atiende al interés de la masa del concurso. El incremento entre pujas se establece en 1.000,00 €. VII. – Todos los gastos de la venta pública, inscripción y los derivados de la cancelación de cargas, y las deudas que, en su caso, graven la finca, tales como, y sin carácter taxativo, gastos de comunidad y de IBI, serán de cuenta y cargo del adjudicatario. Asimismo, los impuestos inherentes a la transmisión del bien serán satisfechos conforme a la normativa aplicable al tributo de que se trate. Los honorarios del Consejo General de Procuradores de España por la prestación de sus servicios en la subasta se publicitarán en el momento de la apertura del periodo de licitación, y a través de la propia plataforma donde se realiza la subasta, que, en todo caso, y en lo que se refiere al presente procedimiento, ascenderán al 3% más IVA del valor de adjudicación de los bienes subastados. El pago de dichos honorarios correrá a cargo del adjudicatario y no se detraerán de la puja efectuada, sino que deberán abonarse aparte en el momento del otorgamiento de la escritura de adjudicación. VIII. – Serán válidas cualesquiera notificaciones efectuadas a los usuarios que hayan concurrido a la subasta pública online en la dirección de correo electrónico que hubieran designado a efectos de recibir comunicaciones relativas a la subasta a la que libre y voluntariamente han participado, ya provengan dichas notificaciones de la Administración Concursal, ya de la entidad especializada que lleve a cabo el desarrollo de la subasta pública online. IX. – Si la subasta termina satisfactoriamente, la Administración Concursal declarará aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor, quien deberá abonar el precio íntegro de la venta de contado en el momento del otorgamiento de la escritura pública de compraventa. Se reconoce al acreedor con privilegio especial, si existiese, y que resulte mejor postor respecto del bien objeto de su garantía, el derecho de ceder el remate a un tercero. X. – Si el mejor postor designado adjudicatario de los bienes objeto de subasta no concurriese al otorgamiento de los documentos públicos o privados que resulten necesarios para la tradición de los mismos y pago del precio de remate, perderá el depósito efectuado, y la Administración Concursal podrá, con independencia de su derecho a exigir las responsabilidades que procedan por incumplimiento del antedicho mejor postor, declarar adjudicatario a los subsiguientes mejores postores habidos en la subasta pública celebrada, por el orden de sus respectivas posturas. XI. – La escritura pública de adjudicación deberá firmarse en el plazo de 60 días naturales desde que la Administración Concursal declare aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor. XII. – En cualquier caso, la Administración Concursal se reserva la facultad de desistir de la prosecución del procedimiento de subasta pública si el resultado de esta, según su criterio, fuere contrario al interés del concurso. Asimismo, la Administración Concursal podrá rechazar la postura final por su bajo importe o por circunstancias que considere en interés de la masa del concurso. XIII. – La Administración Concursal, concluida la subasta sin la realización de los bienes, podrá repetir una vez el proceso de venta en subasta pública siempre con respeto a las bases mínimas establecidas en los apartados anteriores. XIV. – En todo lo no previsto en este escrito, la subasta se regirá conforme a los usos y reglas de la entidad especializada. « Volver a la ficha de la subasta
Documentos de la subasta
Documento adicional 1 — TA-167.pdf · 1
PDFDocumento adicional 1 — TA-167.pdf · 2
PDFDocumentos públicos del portal oficial de subastas.
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Oportunidad de inversión
Rentabilidad objetivo: 10-15%
Comisión: 5% (mín. 3.000 €)
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Fuente original (Procuradores):
https://www.subastasprocuradores.com/subastas/ga74iwu6jqoyqdwd