Derecho de crédito frente a tercero
- Tipo
- Mueble
Descripción Nota simple · Edicto eActivos (texto idéntico)
El presente lote está constituido por un derecho de crédito titularidad de la concursada frente a un tercero , derivado de un préstamo intercompany, cuyo importe nominal asciende a 1.306.182,38 € . El derecho de crédito recae frente a una sociedad sometida a un convenio aprobado judicialmente en el marco de su procedimiento concursal. En consecuencia, la recuperación del crédito dependerá de las condiciones establecidas en dicho convenio, incluyendo la quita aplicable, el calendario de pagos, la clasificación concursal del crédito y el efectivo cumplimiento del convenio por la sociedad deudora. Según la información disponible, el convenio aprobado contempla una quita del 50 % , por lo que el importe nominal susceptible de recuperación podría ascender a 653.091,19 € , sin que ello suponga garantía alguna de cobro. Transmisión del derecho de crédito. El derecho de crédito se transmitirá en el estado jurídico, económico, procesal y concursal en que se encuentre en la fecha de la adjudicación, con todos los derechos, obligaciones, cargas, limitaciones, contingencias y riesgos inherentes al mismo. El adjudicatario asumirá íntegramente el riesgo de recuperación del crédito, así como las consecuencias derivadas de un eventual incumplimiento, modificación, resolución o ineficacia sobrevenida del convenio concursal. La adjudicación quedará sujeta a la formalización de los documentos necesarios para instrumentar la cesión del derecho de crédito a favor del adjudicatario. Una vez adjudicado y formalizado el derecho de crédito, corresponderá exclusivamente al adquirente realizar cuantas actuaciones resulten necesarias o convenientes para comunicar la cesión, personarse o actuar en el procedimiento concursal de ONETORO TV SPN, S.L.U., reclamar los pagos que pudieran corresponder conforme al convenio aprobado y ejercitar, en su caso, los derechos que legalmente pudieran asistirle como cesionario del crédito. Documentación. Las reglas especiales de liquidación así como la informac...
Datos catastrales Catastro
- Municipio
- Sevilla
- Provincia
- Sevilla
Cargas del bien Edicto eActivos
Todos los gastos, tributos, costes notariales, registrales o de cualquier otra naturaleza que pudieran derivarse de la formalización, comunicación o ejecución de la cesión del derecho de crédito serán de cuenta exclusiva del adquirente. El adjudicatario deberá haber satisfecho la retribución de la entidad especializada, que asciende al 5 % del importe de adjudicación (más IVA), con carácter previo a la formalización de la cesión del derecho de crédito, adjuntando el justificante de pago. Comisión de gestión: 5% sobre la oferta registrada, impuestos no incluidos
Información sobre el bien
Deudas y comisiones
Comisión de gestión
5% sobre la oferta registrada, impuestos no incluidos
- Órgano gestor
- Administrador concursal
Expediente Edicto eActivos
- Procedimiento
- Liquidación concursal
- Tipo de procedimiento
- Liquidación concursal
- Identificador
- JX48N9MR
- Fuente
- Ver en eActivos
- 27 ago 2026, 16:01
Publicada en eActivos
- 28 ago 2026, 12:00
Inicio de la subasta
- 28 sept 2026, 14:00
Cierre previsto
Documentos de la subasta
Documento adicional 2 — TF-379.pdf
PDFDocumento adicional 3 — TF-379.pdf
PDFDocumento adicional 1 — TF-379.pdf
PDFDocumentos públicos del portal oficial de subastas.
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Comisión: 5 % (mín. 3.000 €)
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Órgano y procedimiento
ÓrganoAdministrador concursalProcedimientoLiquidación concursalReferencia eActivosJX48N9MR
Fuentewww.eactivos.com/JX48N9MR/derecho-de-credito-frente-a-tercero
El bien
Mueble (Sevilla)
Valor subasta
653.091,00 €
70 % del valor
457.163,70 €
50 % del valor
326.545,50 €
Depósito (5 %)
32.654,55 €
Tramos entre pujas
1,00 €
Cantidad reclamada
No consta
Cargas anteriores
No consta
Cargas posteriores
No consta
Cargas
Todos los gastos, tributos, costes notariales, registrales o de cualquier otra naturaleza que pudieran derivarse de la formalización, comunicación o ejecución de la cesión del derecho de crédito serán de cuenta exclusiva del adquirente. El adjudicatario deberá haber satisfecho la retribución de la entidad especializada, que asciende al 5 % del importe de adjudicación (más IVA), con carácter previo a la formalización de la cesión del derecho de crédito, adjuntando el justificante de pago. Comisión de gestión: 5% sobre la oferta registrada, impuestos no incluidos
Ver certificación de cargas en la ficha online.
Descripción registral
El presente lote está constituido por un derecho de crédito titularidad de la concursada frente a un tercero , derivado de un préstamo intercompany, cuyo importe nominal asciende a 1.306.182,38 € . El derecho de crédito recae frente a una sociedad sometida a un convenio aprobado judicialmente en el marco de su procedimiento concursal. En consecuencia, la recuperación del crédito dependerá de las condiciones establecidas en dicho convenio, incluyendo la quita aplicable, el calendario de pagos, la clasificación concursal del crédito y el efectivo cumplimiento del convenio por la sociedad deudora. Según la información disponible, el convenio aprobado contempla una quita del 50 % , por lo que el importe nominal susceptible de recuperación podría ascender a 653.091,19 € , sin que ello suponga garantía alguna de cobro. Transmisión del derecho de crédito. El derecho de crédito se transmitirá en el estado jurídico, económico, procesal y concursal en que se encuentre en la fecha de la adjudicación, con todos los derechos, obligaciones, cargas, limitaciones, contingencias y riesgos inherentes al mismo. El adjudicatario asumirá íntegramente el riesgo de recuperación del crédito, así como las consecuencias derivadas de un eventual incumplimiento, modificación, resolución o ineficacia sobrevenida del convenio concursal. La adjudicación quedará sujeta a la formalización de los documentos necesarios para instrumentar la cesión del derecho de crédito a favor del adjudicatario. Una vez adjudicado y formalizado el derecho de crédito, corresponderá exclusivamente al adquirente realizar cuantas actuaciones resulten necesarias o convenientes para comunicar la cesión, personarse o actuar en el procedimiento concursal de ONETORO TV SPN, S.L.U., reclamar los pagos que pudieran corresponder conforme al convenio aprobado y ejercitar, en su caso, los derechos que legalmente pudieran asistirle como cesionario del crédito. Documentación. Las reglas especiales de liquidación así como la informac...
(completa en la ficha online)
Esta información procede de eActivos. Verifique con la fuente original antes de actuar.
subastas.ai/subasta/TF-379
Impreso el 2/9/2026